martes, mayo 01, 2018

Santos, Ángeles... y abusos que hay que evitar





Hace tiempo, me chocó encontrar un texto que decía que No se puede dar nombre particular a nuestos Angeles Custodios. Me extrañó porque a mí siempre me habían inculcado que era una buena idea ponerles nombre... y hasta había puesto un nombre al mío. Pero... uno se instruye, estudia más, y encuentra la fuente. Efectivamente; por mucha pena que nos de No debemos ponerles nombre salvo los de Miguel, Gabriel y Rafael. Lo explica la Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos, en su capitulo VI sobre la piedad popular y la liturgia. Es largo de leer, pero os pongo el enlace. Merece la pena instruirnos un poco. Quizá descubramos cosas que estábamos haciendo mal... o que por el contrario, descubrámos algo que teníamos olvidado.


CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS
DIRECTORIO
SOBRE LA PIEDAD POPULAR Y LA LITURGIA
PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES Capitulo VI

http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccdds/documents/rc_con_ccdds_doc_20020513_vers-direttorio_sp.html#Cap%C3%ADtulo%20VI


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